¿Necesita asesoramiento sobre si la nueva Ley afecta a su compañía, aspectos a reportar, ejercicios a los que es aplicable o cómo solicitar nuestros servicios de elaboración y/o verificación del Estado de Información no Financiera?

Ponemos a su disposición equipos multidisciplinares en materia de información no financiera y diversidad, capaces de darle apoyo mediante:

  • Una experiencia con múltiples clientes de diferentes industrias tanto para la elaboración como para la verificación del EINF.
  • Una metodología desarrollada para optimizar tiempos de elaboración del EINF por parte de las compañías obligadas.
  • Profesionales que combinan el conocimiento técnico y de aplicación de la normativa con la visión de asesores empresariales con experiencia en el contenido de la información requerida para el EINF.
  • Compromiso en la identificación de oportunidades para la mejora del contenido de la información no financiera y con los compromisos a asumir en materia de sostenibilidad.

¿Por qué ahora es obligatorio para su empresa?

La Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo, en lo que respecta a la divulgación de la información no financiera tiene como objetivo identificar riesgos para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general y para ello incrementa la divulgación de información no financiera, como pueden ser los factores sociales y medioambientales.

En este contexto, con fecha 29 de diciembre se publicó en el BOE la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modificaba el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoria de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad. Esta Ley, amplía los requerimientos de información no financiera, así como amplía los ámbitos de aplicación, sustituyendo a los que se establecían en el anterior Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre, en materia de información no financiera y diversidad.

Evolución del alcance

La Ley 11/2018, detallada previamente, entró en vigor en diciembre de 2018, habiendo afectado a las sociedades con más de 500 trabajadores durante los ejercicios 2018, 2019 y 2020 y pasando a aplicar a entidades o grupos de entidades con más de 250 empleados, como se detalla en el cuadro superior, a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2021.

Contenido del Estado de Información No Financiera

El Estado de Información No Financiera incluirá la información necesaria para comprender la evolución, los resultados y la situación de la Sociedad, y el impacto de su actividad respecto a, al menos, cuestiones medioambientales y sociales, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno, así como relativas al personal, incluidas las medidas que, en su caso, se hayan adoptado para favorecer el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, la no discriminación e inclusión de las personas con discapacidad y la accesibilidad universal.

 

Descripción del modelo de negocioSe incluirá una descripción del entorno empresarial, su organización y estructura, los mercados en los que opera, sus objetivos y estrategias, y los principales factores y tendencias que pueden afectar a su futura evolución.

 

Asimismo, para cada una de las cuestiones requeridas, se debe incluir:

 

Contenido del Estado de Información No Financiera

 

Respecto a las cuestiones requeridas, detalladas anteriormente, se debe tener en cuenta e informar en función de los siguientes cuatro ejes:

Riesgos, políticas e indicadores

 

Si tiene cualquier consulta o quiere saber más sobre este servicio, complete con sus datos el siguiente formulario o póngase en contacto con los socios expertos.