Alerta fiscal

Nuevo Reglamento: facturación electrónica 2023

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Recientemente, el 6 de diciembre de 2023, el Boletín Oficial del Estado publicó el Real Decreto 1007/2023, aprobando un reglamento crucial. Este reglamento establece requisitos para sistemas y programas informáticos que respaldan procesos de facturación. Su objetivo: prevenir fraudes fiscales mediante la regulación de la manipulación de datos contables.

El Reglamento establece los requisitos y especificaciones técnicas que debe cumplir cualquier sistema y programa informático o electrónico utilizado por quienes desarrollen actividades económicas, cuando soporte los procesos de facturación de las operaciones correspondientes a su actividad, con el fin de garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos, con la información sobre todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios.

Principales Aspectos del Reglamento:

Ámbito de Aplicación:
Se aplica en todo el territorio español y a contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, Renta de Personas Físicas, y más. Excepciones para ciertos contribuyentes.

Requisitos para Sistemas Informáticos:Es
tablece condiciones como la integridad e inalterabilidad de los registros, trazabilidad, conservación de datos y capacidad de remisión electrónica a la Administración Tributaria.

Certificación y Verificación:
Los sistemas deben contar con certificación de cumplimiento. La Administración Tributaria puede verificar el cumplimiento mediante inspecciones.

Sistemas de Emisión de Facturas Verificables:
 Permite a los obligados tributarios remitir electrónicamente registros de facturación a la AEAT, siendo reconocidos como "Sistemas VERI*FACTU."

Fecha de Vigencia y Adaptación:
El reglamento entró en vigor el 7 de diciembre de 2023. Los obligados tributarios tienen hasta el 1 de julio de 2025 para adaptar sus sistemas informáticos.

 

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