Artículo 5

Principales actualizaciones sobre la implementación a escala internacional del Segundo Pilar

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En octubre de 2021, más de 130 países acordaron aplicar un tipo mínimo del 15 % en el impuesto de sociedades para determinadas multinacionales (facturación global superior a 750 millones de euros) como parte del segundo de los dos pilares del innovador marco de la OCDE sobre fiscalidad de la economía digital. A continuación resumiremos los avances en la implementación de esta medida en una selección de las principales economías mundiales. Examinaremos también el impacto en las empresas, los posibles plazos de entrada en vigor y lo que podría retrasar el proceso.
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¿Cuáles son las normas del Segundo Pilar?

El Segundo Pilar surgió del proyecto sobre la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y pretende poner fin a la «carrera a la baja» de los tipos impositivos, a fin de garantizar que las multinacionales paguen un tipo efectivo mínimo del impuesto de sociedades del 15 %, independientemente del tipo impositivo local o de la base imponible.

A finales de 2021 y principios de 2022, la OCDE publicó su propuesta de normas de referencia y de comentarios para el Segundo Pilar. En las normas de referencia se detallan dos medidas interrelacionadas, la regla de inclusión de rentas (IIR) y la regla sobre beneficios insuficientemente gravados (UTPR), en virtud de las cuales los beneficios gravados a un tipo inferior al 15 % serían objeto de una imposición adicional. La IIR impone un impuesto complementario a la empresa matriz última de una filial extranjera con una tributación baja. La UTPR pretende denegar deducciones, o adoptar medidas similares, para recaudar impuestos que de otro modo no se recaudarían con arreglo a la IIR.

Además de estas dos normas, los países firmantes del Segundo Pilar pueden optar también por implementar un impuesto mínimo nacional (IMD) que prevalecería sobre ellas y garantizaría que cualquier impuesto complementario que, de otro modo, se recaudaría en el extranjero, se recaude en el territorio en el que se generan los beneficios

Más recientemente, la OCDE ha publicado:

  • Un marco sobre puertos seguros y exenciones de sanciones (publicado en diciembre de 2022), que ofrece información detallada sobre las exenciones transitorias disponibles para las empresas durante los primeros años de implementación del Segundo Pilar;
  • Una orientación administrativa (publicada en febrero de 2023), con el objetivo de aportar claridad sobre las áreas contenciosas de las normas de referencia y de ofrecer una seguridad mayor a las empresas afectadas por el Segundo Pilar.

Para implementar el Segundo Pilar, cada país incorporará las normas a su legislación local. Aunque la OCDE sigue comprometida con un calendario ambicioso (con la intención de que la fase inicial de implementación tenga lugar a finales de 2023), no existe un consenso a escala internacional sobre el calendario adecuado.

 

Próximos pasos

En muchos territorios se han registrado avances significativos en relación con el Segundo Pilar. En la actualidad, varios territorios se han comprometido firmemente a implementar la IIR (y, en algunos casos, el IMD). Es importante asimismo vigilar de cerca la evolución legislativa a escala internacional y sus posibles repercusiones a medida que más países avanzan hacia su implementación.

 

Si desea obtener más información sobre cualquier aspecto del Segundo Pilar y cómo puede afectar a su empresa, póngase en contacto con su experto local de Grant Thornton a través del formulario ubicado al final de esta página.

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