Sector bancario

Requisitos prudenciales para exposiciones a criptoactivos

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El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS, Basel Committee on Banking Supervision) -principal organismo normativo mundial para la regulación prudencial de los bancos- ha publicado un resumen ejecutivo para la aplicabilidad a los criptoactivos de los Pilares 1, 2 y 3 del Marco de Basilea sobre el tratamiento prudencial de las exposiciones de los bancos a los criptoactivos. Se trata de una publicación relacionada con la norma sobre el tratamiento prudencial de las exposiciones a criptoactivos, realizada por el mismo Comité en diciembre de 2022.

El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS, Basel Committee on Banking Supervision) -principal organismo normativo mundial para la regulación prudencial de los bancos- ha publicado un resumen ejecutivo para la aplicabilidad a los criptoactivos de los Pilares 1, 2 y 3 del Marco de Basilea sobre el tratamiento prudencial de las exposiciones de los bancos a los criptoactivos. Se trata de una publicación relacionada con la norma sobre el tratamiento prudencial de las exposiciones a criptoactivos, realizada por el mismo Comité en diciembre de 2022.

A continuación, figura un resumen de alto nivel de este documento:

  • El Pilar 1 se centra en el Capital Basado en Riesgo (CBR) para los riesgos de crédito, mercado y operacional, y otros elementos aplicables (normas de liquidez, ratio de apalancamiento y límites de exposición), donde:
    • El Grupo 1 está sujeto a requisitos de capital basados en las ponderaciones de riesgo de la exposición subyacente; y el Grupo 2 requiere requisitos de capital adicionales. El Grupo 2a requiere una exigencia de capital del 100% (excepto reconocimiento de coberturas) y el Grupo 2b RW del 1.250%.
    • Enfoque estándar aplicado en Riesgo Operacional.
    • Tratamiento del LCR y del NSFR coherente con los métodos actuales para las exposiciones tradicionales. Sólo el Grupo 1a puede considerarse HQLA. Los grupos 1b y 2 no pueden considerarse HQLA.
    • Se permite un Ratio de Apalancamiento según la medida de exposición (tratamiento contable).
    • En cuanto a los límites de exposición, el Grupo 1 está sujeto a los mismos límites que las normas sobre grandes riesgos; el Grupo 2 está sujeto a un límite del 2% (exposición máxima) del capital de nivel 1, aunque no debe superar el 1%.
  • Pilar 2, sobre las responsabilidades de bancos y supervisores
    • Responsabilidades de los bancos y el supervisor sobre el establecimiento y la revisión de políticas y procedimientos para identificar, evaluar y mitigar los riesgos, así como las deficiencias detectadas.
  • Pilar 3, sobre divulgación bancaria, en el que los bancos deben divulgar información regularmente sobre cualquier grupo importante de criptoactiv.

El CSBB espera que los bancos de las jurisdicciones miembros del CSBB adopten la Norma Prudencial para enero de 2025. El Comité de Basilea ha dicho que estará monitoreando la implementación de este tratamiento prudencial, como iniciativas prioritarias sobre la digitalización de las finanzas para 2023-2024.

Ahora, nos preguntamos, ¿está preparado el sector bancario para la aplicación de la Norma Prudencial? ¿Qué se espera de los reguladores locales de la UE?

En el siguiente artículo, ofrecemos nuestra opinión sobre los posibles próximos pasos en el tratamiento prudencial de las criptomonedas para el sector bancario.