Todo parece indicar que nos acercamos hacia una recesión inevitable que afectará profundamente a los negocios. Por ello, las empresas españolas deben estar más preparadas que nunca para protegerse de las consecuencias económicas y sociales del COVID-19. Deben saber cómo reaccionar ante los desafíos del mercado, así como lidiar con el estrés de las circunstancias actuales.
Las situaciones de crisis son un buen termómetro para evaluar el nivel de preparación de una compañía ante los riesgos de carácter legal. La alarma sanitaria y las medidas excepcionales adoptas por el Gobierno pueden incrementar notablemente la exposición de las empresas al incumplimiento de obligaciones contractuales, sanciones administrativas e incluso a la comisión de conductas de carácter penal.
Ayer, 1 de abril de 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, con efectos desde el 2 de abril de 2020, mediante el cual se aprueban medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Como continuación al Real Decreto-ley 8/2020 aprobado el 17 de marzo, que fue objeto de nuestra última Newsletter, y con el fin de hacer frente a la crisis del Covid-19, el Gobierno ha aprobado en los últimos días las siguientes medidas adicionales:
La mayoría de las empresas han visto paralizada su actividad como consecuencia de la declaración del estado de alarma derivada de la propagación del COVID-19, así como del reciente Real Decreto que ha ordenado el cierre de un extenso listado de actividades consideradas no esenciales. Para dichas empresas, el pago del alquiler del local donde desarrollan su actividad constituye una carga significativa que desequilibra en mayor o menor medida su cuenta de resultados, dado que no generan ingresos o se reducirán de forma significativa.
El RD-Ley 11/2020 de 31 de marzo regula en el CAPÍTULO I de Medidas de apoyo a los trabajadores, consumidores, familias y colectivos vulnerables, de la Sección 1.ª (Medidas dirigidas a familias y colectivos vulnerables) determinadas medidas aplicables a los arrendamientos urbanos y a los créditos hipotecarios. Resumimos a continuación los artículos del citado RD-Ley aplicables en materia de arrendamientos desde una perspectiva jurídica.
Prudencia entre los empresarios españoles en su apuesta por las fusiones y adquisiciones.
El desplome de la cotización protagonizada por las grandes compañías nacionales consecuencia directa de la crisis del Coronavirus durante las últimas semanas, llegando a registrar el Ibex 35 una caída de hasta el 40%, ha empujado al Gobierno a acometer una serie de reformas de urgencia.
Como ya habíamos indicado en alertas anteriores, el coronavirus COVID-19 va a tener impactos contables y repercusiones en las cuentas anuales de los ejercicios 2019 y 2020, pero, sin duda, la situación y las medidas adoptadas por el gobierno ante la misma van a conllevar cambios en la forma de trabajar de sociedades y auditores y ello va a requerir consideraciones adicionales y modificaciones en los procedimientos habituales que aplica el auditor en su trabajo.
Hace un año que entró en vigor la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales (en adelante, la “LSE”), para la transposición e incorporación al Derecho español de la Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados contra su obtención, utilización y revelación ilícitas.
La lluvia de millones asegura a los Gobiernos financiación para sus planes de estímulo e intenta bajar las primas de riesgo.
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