
Durante los últimos tiempos el colectivo de trabajadores autónomos, que engloba cerca de 3,2 millones de personas en nuestro país, ha reivindicado fuertemente la necesidad de mejora de su sistema de protección social así como la disminución de las cargas económicas asociadas a su actividad.
Por ello, la publicación el pasado 24 de octubre de la Ley 6/2017 Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo, con entrada en vigor el día siguiente de su publicación salvo ciertos puntos que lo harán a partir del 1 de enero de 2018, incluye cambios relacionados con las cuotas de la Seguridad Social, deducibilidad fiscal de gastos y mejoras prestacionales, principalmente. La reforma del Estatuto del Trabajo Autónomo se ha aprobado con la intención de dar una respuesta efectiva a las distintas necesidades y así fomentar la actividad de los mismos.
Entre las principales novedades podemos destacar:
Aunque las nuevas cláusulas no dan respuesta a otras peticiones efectuadas por este colectivo de trabajadores, tales como la prestación por cese de actividad (que es un asunto de verdadera importancia por la desprotección actual a la que están expuestos), el nuevo Estatuto mejora distintos aspectos relacionados con su actividad, flexibiliza determinadas obligaciones procedimentales y establece incentivos económicos que pueden resultar atractivos para muchos freelancers. Así, por ejemplo, da un paso más allá en el camino hacia la igualdad efectiva de hombres y mujeres, estableciendo beneficios para las trabajadoras autónomas que tengan hijos.
Con todo, aún quedamos a la espera de ver cómo se aplican estas nuevas medidas a nivel práctico por parte de los organismos competentes. Aunque el nuevo texto normativo pretende reducir la carga burocrática a la que se ven sometidos los trabajadores autónomos, la realidad es que ésta sigue siendo elevada y que nuestras administraciones cuentan con recursos limitados.
Además, en este contexto, no cabe olvidar la necesaria reforma laboral que se ha evidenciado en los últimos tiempos a raíz de la tradicional distinción entre trabajadores autónomos y trabajadores por cuenta ajena (que ha dado lugar a la figura del “falso autónomo”). Y ello porque, tal como está configurada actualmente, puede haber perdido todo su sentido, en atención a las nuevas y actuales formas de negocio y a la incorporación de las últimas tecnologías en muchos sectores de actividad.