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Laboral

Reforma del Estatuto del Trabajo Autónomo

Durante los últimos tiempos el colectivo de trabajadores autónomos, que engloba cerca de 3,2 millones de personas en nuestro país, ha reivindicado fuertemente la necesidad de mejora de su sistema de protección social así como la disminución de las cargas económicas asociadas a su actividad.  

Por ello, la publicación el pasado 24 de octubre de la Ley 6/2017 Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo, con entrada en vigor el día siguiente de su publicación salvo ciertos puntos que lo harán a partir del 1 de enero de 2018, incluye cambios relacionados con las cuotas de la Seguridad Social, deducibilidad fiscal de gastos y mejoras prestacionales, principalmente. La reforma del Estatuto del Trabajo Autónomo se ha aprobado con la intención de dar una respuesta efectiva a las distintas necesidades y así fomentar la actividad de los mismos.

Entre las principales novedades podemos destacar:

  • La tarifa de 50 € para nuevos autónomos se amplía de 6 a 12 meses.
  • A partir de ahora, los autónomos pueden cambiar hasta 4 veces al año (en lugar de 2) su base de cotización, a fin de adecuarla a sus ingresos.
  • Las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo después de la maternidad, podrán acogerse a la tarifa plana de 50 € durante 1 año.
  • A partir de 1 de marzo de 2018, las prestaciones económicas por maternidad y paternidad de los trabajadores autónomos consistirán en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora diaria.
  • Se incrementa de 7 a 12 años la edad de los menores cuyo cuidado permite la exención del 100% de la cuota de autónomos.
  • La pensión de jubilación es 100% compatible con el trabajo por cuenta propia para aquellos profesionales que tengan contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena.
  • En los supuestos de pluriactividad, la devolución del exceso de cotización realizado por el trabajador autónomo se realizará de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Los trabajadores autónomos dispondrán de una mayor oferta formativa.
  • Se les da un mayor protagonismo a las organizaciones de trabajadores autónomos, las cuales pasan a ser de consideradas asociaciones de “utilidad pública”.
  • Se reducirá a un 10% el recargo por cotizaciones no ingresadas durante el primer mes siguiente al debido, anteriormente fijado en un 20%.
  • Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos suministrados, como agua, luz, electricidad y telefonía, sobre el espacio que destinen a despacho en su residencia.
  • Se permite la deducibilidad de los gastos de manutención hasta el límite de 26,67 euros diarios como máximo.
  • Los autónomos podrán deducirse gastos de suministros y manutención vinculados a su actividad, con límites.
  • Se les da un mayor protagonismo a las organizaciones de trabajadores autónomos.

Aunque las nuevas cláusulas no dan respuesta a otras peticiones efectuadas por este colectivo de trabajadores, tales como la prestación por cese de actividad (que es un asunto de verdadera importancia por la desprotección actual a la que están expuestos), el nuevo Estatuto mejora distintos aspectos relacionados con su actividad, flexibiliza determinadas obligaciones procedimentales y establece incentivos económicos que pueden resultar atractivos para muchos freelancers. Así, por ejemplo, da un paso más allá en el camino hacia la igualdad efectiva de hombres y mujeres, estableciendo beneficios para las trabajadoras autónomas que tengan hijos.

Con todo, aún quedamos a la espera de ver cómo se aplican estas nuevas medidas a nivel práctico por parte de los organismos competentes. Aunque el nuevo texto normativo pretende reducir la carga burocrática a la que se ven sometidos los trabajadores autónomos, la realidad es que ésta sigue siendo elevada y que nuestras administraciones cuentan con recursos limitados.

Además, en este contexto, no cabe olvidar la necesaria reforma laboral que se ha evidenciado en los últimos tiempos a raíz de la tradicional distinción entre trabajadores autónomos y trabajadores por cuenta ajena (que ha dado lugar a la figura del “falso autónomo”). Y ello porque, tal como está configurada actualmente, puede haber perdido todo su sentido, en atención a las nuevas y actuales formas de negocio y a la incorporación de las últimas tecnologías en muchos sectores de actividad.

Barcelona
Aurora Sanz Socia de Laboral