A raíz de la crisis ocasionada por el COVID-19 y la paralización de la actividad económica, se ha generado polémica sobre la posible aplicación de la cláusula Rebus Sic Stantibus, como fórmula de reequilibrio de las obligaciones en contratos de larga duración, y especialmente en el contexto de las relaciones arrendaticias.
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El pasado 14 de octubre de 2020 se publicó y entró en vigor un nuevo Real Decreto que tiene por objeto el desarrollo reglamentario de los Planes de Igualdad.
El 14 de octubre de 2020 se ha publicado y ha entrado en vigor un nuevo Real Decreto para la igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que pretende reducir progresivamente las diferencias salariales existentes entre ambos géneros, y que carecen de toda justificación, incorporando, para ello, nuevos mecanismos para evitar situaciones de discriminación derivadas de diferencias retributivas.
Las restricciones de movilidad derivadas de la pandemia han dibujado un escenario en el que las reuniones, juntas y asambleas de entidades y empresas han tenido que adaptarse para garantizar su funcionamiento.
Es evidente que la crisis derivada de la COVID-19 y sus consecuencias (medidas de suspensión o limitación de actividades económicas, básicamente) han impactado e impactarán notablemente en los contratos privados y, especialmente, en los de M&A (adquisición de empresas).
El BOE de ayer, 30 de septiembre, publicó el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo (en adelante, el RDL), producto del tercer Acuerdo Social en Defensa del Empleo entre agentes sociales y Gobierno (III ASDE).
Principales ventajas de buen sistema de gestión de cumplimiento normativo para su compañía
Principales ventajas de buen sistema de gestión de cumplimiento normativo para su compañía
Hace años que asesoro a empresas que prestan servicios en distintos ámbitos de la cadena portuaria. Una infraestructura como el puerto de Barcelona, funcionando a medio gas, es un hecho insólito, una situación difícil de imaginar, excepto en tiempos de guerra.
En una era de cambios sin precedentes que España y el mundo está experimentando con la irrupción del coronavirus, los empresarios españoles están convencidos de que tendrán que reorientar su estilo de liderazgo, con tres atributos clave: la disrupción digital, la automatización y el uso generalizado del big data y la inteligencia artificial, cualidades que les van a exigir adaptarse más rápido al cambio y a las innovaciones.
Hace un año que entró en vigor la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales (en adelante, la “LSE”), para la transposición e incorporación al Derecho español de la Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados contra su obtención, utilización y revelación ilícitas.
Lo que nadie quería, fatalmente, ha llegado. El coronavirus ya está aquí y, ahora, no tenemos más remedio que afrontarlo. Desde el punto de vista laboral, las empresas deben ser ágiles y flexibles en la toma de decisiones y, para ello, es esencial contar con un protocolo de actuación y un comité de crisis para afrontarlo. La información y la capacidad de reacción son fundamentales en situaciones como éstas.