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Celebración de juntas universales de socios por escrito y sin sesión
En el presente artículo queremos hacernos eco de una calificación reciente emitida por uno de los Registradores del Registro Mercantil de Madrid relativa a la posibilidad de celebrar juntas universales de socios por escrito y sin sesión. La controversia en relación con la celebración de juntas universales de socios siguiendo este procedimiento no es en absoluto novedosa. Actualmente, el procedimiento de celebración de reuniones por escrito y sin sesión sólo encuentra amparo legal en la Ley de Sociedades de Capital y para reuniones del consejo de administración.