El desplome de la cotización protagonizada por las grandes compañías nacionales consecuencia directa de la crisis del Coronavirus durante las últimas semanas, llegando a registrar el Ibex 35 una caída de hasta el 40%, ha empujado al Gobierno a acometer una serie de reformas de urgencia.
La volatilidad en los mercados financieros y las caídas de las empresas de la Bolsa española en las últimas jornadas ha dejado el precio de muchas cotizadas en mínimos históricos. Ante el temor a que esto pueda llevar a una especulación que haga que los inversores extranjeros adquieran elevadas participaciones de las empresas españolas y se hagan con su control, el Gobierno ha anunciado, como parte del parquete de medidas económicas aprobado este martes en el Consejo de Ministros, un blindaje de las firmas españolas ante los compradores provenientes del exterior de la zona euro.
El Consejo de Ministros ultima un decreto con medidas para agilizar los ERTE, facilitar el cobro de la prestación por desempleo y lanzar avales para garantizar la liquidez a las pymes
La última vez que la OMS declaró una pandemia fue hace 11 años, en 2009, con motivo de la gripe H1N1 (porcina), aunque esta vez las ramificaciones económicas parecen ser mucho peores. La situación actual también tiene implicaciones de gran alcance dentro de las empresas, ya que podría afectar a las operaciones de la organización durante meses y constituir una amenaza directa para su plantilla
La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para sus derechos.
En atención a la situación actual que estamos viviendo en relación con el COVID-19, tanto en España como a nivel mundial, y tras la promulgación e inmediata entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en Grant Thornton somos conscientes del impacto que van a tener en nuestros clientes las sucesivas medidas temporales de carácter extraordinario adoptadas por el Gobierno para prevenir y contener el virus y mitigar su efecto sanitario, social y económico.
Tras la aprobación por parte del Consejo de Ministros del Proyecto de Ley del Impuesto sobre determinados Servicios Digitales (“ISD” o mal llamada "Tasa Google"), que se publicó el pasado viernes día 28 de febrero en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (Congreso de los Diputados), se ha iniciado su tramitación parlamentaria con la apertura del plazo de presentación de enmiendas, en principio hasta el próximo 17 de marzo de 2020.
A finales de 2019 el Tribunal Constitucional avaló el despido por ausencias justificadas. Una resolución que abría un debate sin precedentes sobre este tema y su gestión por parte de las empresas. Ahora, unos meses después de esta sentencia, el Consejo de Ministros ha modificado el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores que permite dicho despido objetivo.
Durante décadas, nuestra política tributaria se guió por la necesaria redistribución equitativa, y en el ámbito empresarial, por la internacionalización, la eficiencia y la elusión de dobles imposiciones.
Poco después de que el Tribunal Constitucional avalara el despido objetivo por acumulación de faltas de asistencia justificadas a finales de 2019, ayer día 18 de febrero el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-Ley que lo deroga.
Tras años de incertidumbre y prórrogas, el Brexit está a punto de materializarse. El Reino Unido saldrá legalmente de la Unión Europea a las 24:00 horas (hora española) de mañana. En ese momento comenzará un periodo transitorio de once meses que finalizará el 31 de diciembre. Durante este tiempo, el Reino Unido será -a todos los efectos- un miembro sin derecho a voto de la UE. Seguirá participando y rigiéndose por las normas de la UE (incluidas las nuevas), el mercado único, la unión aduanera, la libre circulación de personas y los programas comunitarios. Al día siguiente, 1 de febrero, se producirán pocos cambios. Pero será un momento idóneo para que las empresas ajusten sus planes para un ´Brexit completo´.
El nuevo informe de Compliance de Grant Thornton ‘Hacia sistemas de cumplimiento avanzados’ ofrece un análisis clave del estado real de implantación de estrategias de compliance en nuestras empresas, y muestra los resultados obtenidos sobre la base de 400 encuestas a altos directivos de empresas privadas con sede en España.