Las restricciones de movilidad derivadas de la pandemia han dibujado un escenario en el que las reuniones, juntas y asambleas de entidades y empresas han tenido que adaptarse para garantizar su funcionamiento.
Es evidente que la crisis derivada de la COVID-19 y sus consecuencias (medidas de suspensión o limitación de actividades económicas, básicamente) han impactado e impactarán notablemente en los contratos privados y, especialmente, en los de M&A (adquisición de empresas).
La cuestión del «traslado» de responsabilidad penal entre empresas ex art. 130.2 del Código Penal tiene una importancia extraordinaria para el contexto corporativo. La inexistencia de jurisprudencia del Tribunal Supremo, la exigua casuística que ha llegado a los tribunales y la ausencia de una metodología científica que contribuya a dilucidar cuándo procede el traslado de responsabilidad, son factores que no han contribuido a clarificar este asunto.
El BOE de ayer, 30 de septiembre, publicó el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo (en adelante, el RDL), producto del tercer Acuerdo Social en Defensa del Empleo entre agentes sociales y Gobierno (III ASDE).
Principales ventajas de buen sistema de gestión de cumplimiento normativo para su compañía
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Las medidas de confinamiento han afectado a los precios de transferencia aplicados por las multinacionales. A pesar de que las restricciones se han ido levantando gradualmente, sigue existiendo una gran incertidumbre sobre los riesgos, la coyuntura y otros elementos comparables utilizados para determinar los precios de transferencia en condiciones de plena competencia.
Incremento de la deducción por innovación tecnológica en la industria de la automoción y libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada
Los líderes actuales deben ser capaces de ver y adaptarse a los nuevos cambios culturales en el trabajo y ser lo suficientemente valientes como para hacerlos sostenibles en el tiempo. Sin embargo, ante la nueva realidad del teletrabajo, ¿cómo podemos mantener a los empleados comprometidos y hacer que se sientan valorados desde sus hogares?
La crisis sanitaria que atravesamos cogió al Govern de la Generalitat negociando unos presupuestos, con su correspondiente ley de medidas fiscales que contemplaba alzas de impuestos. Los inesperado de la emergencia le impidió, seguramente, dar marcha atrás. Digo esto porque hay aumentos fiscales de lo más inoportunos y bien haría el Govern en revisarlos para facilitar una rápida recuperación de la economía. El mejor ejemplo es la tasa turística, que abona todo aquel que pernocta en un hotel de Catalunya y que su revisión al alza entró en vigor el pasado 1 de mayo.
El Consejo de Ministros aprobó hace escasos días el Proyecto de Ley por el que modifica la Ley General Tributaria para la transposición de la Directiva europea conocida como DAC 6, la cual establece la obligación por parte de los intermediarios fiscales de declarar las operaciones que puedan considerarse como planificación fiscal agresiva siempre que se produzca en el ámbito internacional.
El Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19, regula en su Disposición Final Octava, determinadas medidas en el ámbito societario para la modificación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.