El art. 11 ET regula dos nuevas modalidades de contratos formativos, suprimiéndose el contrato en prácticas, para la formación y el aprendizaje, y para la formación dual universitaria, estableciéndose dos nuevos tipos de contratos formativos.
El 30 de diciembre de 2021 se publicó el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. Dichos cambios se comunicaron previamente en la alerta resumen que enviamos el pasado mes de enero.
Desde el Departamento de Laboral hemos realizado un análisis en profundidad de cada una de las materias más relevantes que han quedado afectadas por esta reforma. Dichas materias son:
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Reforma laboral
Los nuevos tipos de contratos formativos
Reforma laboral
La nueva regulación de los contratos temporales
La reforma laboral limita la contratación temporal, establece la presunción del carácter indefinido de los contratos, y suprime los contratos temporales por obra y servicios determinados. Quedan, así, dos tipos de contratos temporales, cuyas principales características son:
Reforma laboral
Nueva regulación de los contratos fijos-discontinuos
Tras la nueva regulación sobre el contrato fijo discontinuo, en vigor a partir del 30 de marzo de 2022, esta modalidad de contrato ha sido completamente reformulada.
Reforma laboral
Modificaciones en materia de contratas y subcontratas
Las modificaciones en materia de contratas y subcontratas pretenden evitar que la externalización suponga una reducción de las condiciones laborales de las personas trabajadoras de las empresas contratistas.
Reforma laboral
Contrato indefinido de obra en sector de construcción
Se reconfigura el contrato indefinido adscrito a obra en el sector de la construcción. En particular, queda modificada la disposición que regula su extinción por motivos inherentes a la persona trabajadora. Los puntos más importantes son los siguientes:
Reforma laboral
ERTES: Introducción del mecanismo RED de flexibilidad y estabilización del empleo
Con la reforma, se incorporan al ET parte de la normativa surgido a raíz de la pandemia desde el RD 8/2020 que regulaba ERTES por fuerza mayor (FM) y se mantiene como mecanismos de flexibilidad de ERTES, junto a los motivamos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP).
Reforma laboral
Cambios en la negociación colectiva
Es uno de los cambios más esperados de la reforma laboral y, al respecto, la nueva redacción del ET contiene las dos siguientes novedades:
Reforma laboral
Las ETT tras la Reforma Laboral
Los principales aspectos de incidencia son los siguientes
