Grant Thornton, junto a Ibermutua, organizó este seminario virtual que repasó las principales implicaciones de la reforma laboral y las cuestiones que pueden afectar a las empresas. Durante la sesión, los expertos en laboral abordaron los cambios más significativos de la Reforma Laboral, ratificada en febrero de 2022.
Ha sido publicado el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
La economía nacional y la realidad de las empresas se encuentra en un punto de incertidumbre máximo debido al conflicto de Ucrania.
Como cada día Internacional de la Mujer, presentamos nuestro clásico informe Women in Business. Con el nombre de “La era del talento”, volvemos a analizar la posición y presencia femenina en los puestos directivos más altos, con el objetivo de impulsar políticas de diversidad e inclusión en la empresa española.
Tras la nueva regulación sobre el contrato fijo discontinuo, en vigor a partir del 30 de marzo de 2022, esta modalidad de contrato ha sido completamente reformulada.
Las modificaciones en materia de contratas y subcontratas pretenden evitar que la externalización suponga una reducción de las condiciones laborales de las personas trabajadoras de las empresas contratistas.
Se reconfigura el contrato indefinido adscrito a obra en el sector de la construcción. En particular, queda modificada la disposición que regula su extinción por motivos inherentes a la persona trabajadora. Los puntos más importantes son los siguientes:
Es uno de los cambios más esperados de la reforma laboral y, al respecto, la nueva redacción del ET contiene las dos siguientes novedades:
Con la reforma, se incorporan al ET parte de la normativa surgido a raíz de la pandemia desde el RD 8/2020 que regulaba ERTES por fuerza mayor (FM) y se mantiene como mecanismos de flexibilidad de ERTES, junto a los motivamos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP).
El art. 11 ET regula dos nuevas modalidades de contratos formativos, suprimiéndose el contrato en prácticas, para la formación y el aprendizaje, y para la formación dual universitaria, estableciéndose dos nuevos tipos de contratos formativos.
Los principales aspectos de incidencia son los siguientes
La reforma laboral limita la contratación temporal, establece la presunción del carácter indefinido de los contratos, y suprime los contratos temporales por obra y servicios determinados. Quedan, así, dos tipos de contratos temporales, cuyas principales características son: