No se planea extender la moratoria, al menos de momento, al pago de los alquileres. La medida beneficiará a las personas que hayan reducido sus ingresos o estén en situación de desempleo
El Gobierno ha aprobado este martes el segundo paquete de medidas económicas para atajar la crisis del coronavirus, entre ellas algunas de ayuda a autónomos y empresarios. Con este conjunto de medidas, el Gobierno pretende que el virus no tenga impacto negativo permanente sobre el mercado laboral. “Es una crisis temporal, que vamos a superar”, planteó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
Un total de 70 empresas han presentado ante la Generalitat un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por el coronavirus. Esas suspensiones de empleo, registrados entre el viernes y ayer, afectan a 3.819 personas. En ese número no se incluye la regulación presentada ayer lunes por la tarde por Seat para sus 14.812 trabajadores ni los empleados afectados por otras compañías que tienen presencia en toda España y cuyos ERTE se presentaron en el Ministerio de Trabajo. Tal y como vaticinaban patronales y sindicatos, el alud de suspensiones de empleo por el impacto de la pandemia ya ha empezado.
Lo que nadie quería, fatalmente, ha llegado. El coronavirus ya está aquí y, ahora, no tenemos más remedio que afrontarlo. Desde el punto de vista laboral, las empresas deben ser ágiles y flexibles en la toma de decisiones y, para ello, es esencial contar con un protocolo de actuación y un comité de crisis para afrontarlo. La información y la capacidad de reacción son fundamentales en situaciones como éstas.
El desplome de la cotización protagonizada por las grandes compañías nacionales consecuencia directa de la crisis del Coronavirus durante las últimas semanas, llegando a registrar el Ibex 35 una caída de hasta el 40%, ha empujado al Gobierno a acometer una serie de reformas de urgencia.
La volatilidad en los mercados financieros y las caídas de las empresas de la Bolsa española en las últimas jornadas ha dejado el precio de muchas cotizadas en mínimos históricos. Ante el temor a que esto pueda llevar a una especulación que haga que los inversores extranjeros adquieran elevadas participaciones de las empresas españolas y se hagan con su control, el Gobierno ha anunciado, como parte del parquete de medidas económicas aprobado este martes en el Consejo de Ministros, un blindaje de las firmas españolas ante los compradores provenientes del exterior de la zona euro.
El Consejo de Ministros ultima un decreto con medidas para agilizar los ERTE, facilitar el cobro de la prestación por desempleo y lanzar avales para garantizar la liquidez a las pymes
La última vez que la OMS declaró una pandemia fue hace 11 años, en 2009, con motivo de la gripe H1N1 (porcina), aunque esta vez las ramificaciones económicas parecen ser mucho peores. La situación actual también tiene implicaciones de gran alcance dentro de las empresas, ya que podría afectar a las operaciones de la organización durante meses y constituir una amenaza directa para su plantilla
La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para sus derechos.
En atención a la situación actual que estamos viviendo en relación con el COVID-19, tanto en España como a nivel mundial, y tras la promulgación e inmediata entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en Grant Thornton somos conscientes del impacto que van a tener en nuestros clientes las sucesivas medidas temporales de carácter extraordinario adoptadas por el Gobierno para prevenir y contener el virus y mitigar su efecto sanitario, social y económico.
A finales de 2019 el Tribunal Constitucional avaló el despido por ausencias justificadas. Una resolución que abría un debate sin precedentes sobre este tema y su gestión por parte de las empresas. Ahora, unos meses después de esta sentencia, el Consejo de Ministros ha modificado el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores que permite dicho despido objetivo.
Poco después de que el Tribunal Constitucional avalara el despido objetivo por acumulación de faltas de asistencia justificadas a finales de 2019, ayer día 18 de febrero el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-Ley que lo deroga.