La gobernanza de la IA, el nuevo factor crítico de competitividad
Riesgos de la IALa gobernanza de la IA es clave ante riesgos crecientes: la brecha entre capacidad y control redefine la competitividad empresarial.
Por: Eloi Font
17/07/2026 04:37 p. m. Lectura de 6 minutos

La inteligencia artificial (“IA”) no es una cuestión reservada a grandes compañías tecnológicas ni a laboratorios de innovación. En sectores industriales intensivos en procesos, diseño, logística y control de calidad, como el sector cerámico, la IA empieza a convertirse en una herramienta cada vez más relevante para competir en mercados exigentes, reducir ineficiencias y anticipar problemas operativos.
En la industria cerámica, su potencial es especialmente evidente. La IA puede aplicarse, por ejemplo, al control de calidad, a la optimización de hornos, al mantenimiento predictivo de maquinaria, a la predicción de la demanda, a la gestión de inventarios, al desarrollo de nuevas texturas y diseños, o incluso al ajuste de procesos de esmaltado y formulación de materiales. Estas aplicaciones ya han sido identificadas por entidades especializadas del propio sector, que apuntan a la IA como una tecnología con capacidad para impactar en fabricación, distribución, diseño, mantenimiento y eficiencia.
Ahora bien, la misma tecnología que permite mejorar la productividad también puede introducir nuevos riesgos jurídicos, técnicos y reputacionales si se implanta sin una mínima estrategia de gobernanza. Esa es precisamente una de las claves del nuevo Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial —Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como “RIA”—, el cual no pretende frenar la innovación, sino ordenar su uso en función del nivel de riesgo que cada IA pueda generar.
El RIA parte de una idea sencilla: no todos los sistemas de IA son iguales ni todos generan los mismos riesgos. Por ello, establece un modelo de regulación escalonado, basado en la clasificación de la IA en distintos niveles de riesgo, lo cual permite que los usos de bajo impacto no queden sometidos a cargas desproporcionadas, mientras que aquellos sistemas que pueden afectar de forma relevante a la seguridad, la salud o los derechos fundamentales de las personas sí deben cumplir obligaciones más estrictas.
En la práctica, una empresa cerámica puede utilizar IA en ámbitos muy distintos. No es lo mismo emplear un sistema de análisis predictivo para optimizar el consumo energético de un horno, que utilizar una herramienta de IA para evaluar automáticamente el desempeño de trabajadores, asignar turnos, seleccionar candidatos o monitorizar conducta laboral. Tampoco es lo mismo usar IA generativa para apoyar la creación de propuestas comerciales o catálogos, que incorporar un sistema que adopte decisiones críticas sobre la conformidad de un producto o la trazabilidad de una línea de producción.
El primer paso, por tanto, no consiste en prohibir ni en aceptar indiscriminadamente cualquier herramienta de IA, sino en entender qué se está utilizando, para qué finalidad, con qué datos, por quién y con qué impacto real sobre personas, procesos y decisiones empresariales.
El ámbito de aplicación del RIA es amplio. La norma no se dirige únicamente a quienes desarrollan sistemas de IA. También puede afectar a importadores, distribuidores y responsables del despliegue, es decir, a las empresas que utilizan sistemas de IA en el marco de su actividad profesional. En consecuencia, una empresa cerámica que incorpore una herramienta de IA de un proveedor externo no queda al margen de la regulación por el mero hecho de no haberla desarrollado internamente.
Esto es particularmente relevante en un sector en el que muchas soluciones tecnológicas pueden llegar integradas en maquinaria, software industrial, plataformas de planificación, herramientas de marketing, sistemas de gestión de clientes o aplicaciones de recursos humanos. La IA puede estar presente de forma visible, pero también incorporada en soluciones que la empresa ya utiliza sin identificarla inicialmente como tal.
En el entorno cerámico, muchos usos de IA se orientarán, previsiblemente, a mejorar procesos productivos, reducir defectos, optimizar energía, anticipar averías o ajustar la producción a la demanda. Estos usos pueden ser muy beneficiosos y, en muchos casos, no tendrán necesariamente la consideración de alto riesgo desde la perspectiva del RIA.
Sin embargo, conviene prestar especial atención a determinados ámbitos. Por ejemplo, los sistemas de IA utilizados en recursos humanos pueden quedar clasificados como de alto riesgo cuando se emplean para selección de personal, promoción, evaluación del rendimiento, asignación de tareas o seguimiento de trabajadores. El entorno laboral es uno de los ámbitos en los que el RIA concentra mayores exigencias cuando la IA puede influir en decisiones sobre personas.
También será necesario valorar con cuidado los sistemas que puedan afectar a la seguridad de productos. En estos casos, el análisis no debe limitarse a la tecnología en abstracto, sino al contexto concreto de uso.
Uno de los errores habituales en la adopción de IA es considerar que el cumplimiento normativo recae exclusivamente en el proveedor tecnológico. Sin embargo, el RIA distribuye responsabilidades a lo largo de la cadena de valor. Para las empresas usuarias (responsables del despliegue), pueden existir obligaciones relevantes: utilizar el sistema conforme a las instrucciones del proveedor, garantizar supervisión humana adecuada, conservar registros cuando proceda, monitorizar el funcionamiento del sistema, informar de incidencias y asegurar que las personas que intervienen en su uso tienen un nivel adecuado de alfabetización en IA.
Además, en determinados supuestos, será necesario atender a obligaciones de transparencia. Por ejemplo, cuando una persona interactúa con un sistema de IA, cuando se generan contenidos sintéticos o cuando se utilizan herramientas que producen resultados que podrían confundirse con contenidos creados íntegramente por humanos.
Aunque las obligaciones se aplican de forma progresiva, el calendario del RIA ya ha comenzado. Desde febrero de 2025 resultan exigibles las prohibiciones relativas a sistemas de riesgo inaceptable y la obligación de alfabetización en IA y, a partir de este mes agosto, comenzarán a aplicarse las obligaciones de transparencia. Finalmente, las obligaciones relativas a sistemas de alto riesgo deberán cumplirse a partir de agosto de 2027 y, en algunos casos, diciembre de 2028.
Por tanto, la adaptación al RIA no debería abordarse como una reacción de última hora.
El régimen sancionador del RIA es uno de sus elementos más relevantes ya que las infracciones más graves pueden alcanzar importes de hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocio mundial anual.
Pero el riesgo no es únicamente sancionador. Una implantación deficiente de IA puede generar errores de producción, problemas de confidencialidad, sesgos en decisiones internas, exposición de datos, dependencia excesiva de proveedores o pérdida de confianza de clientes y distribuidores.
La buena noticia es que la adaptación al RIA puede abordarse de forma ordenada y proporcional. Para una empresa cerámica, una hoja de ruta razonable podría estructurarse en cinco pasos.
En primer lugar, identificar todos los usos actuales y previstos de IA, tanto en fábrica como en áreas corporativas. En segundo lugar, clasificar cada sistema según su finalidad o usos e impacto potencial. En tercer lugar, aprobar una política interna de uso responsable de la IA, que establezca, por ejemplo, qué herramientas de IA están permitidas y qué información no puede introducirse en sistemas de IA. En cuarto lugar, definir responsables internos de gobernanza, con participación de perfiles tecnológicos, legales, de riesgos, operaciones, recursos humanos y negocio. Finalmente, implantar controles periódicos de revisión, formación y actualización del inventario.
El sector cerámico ha demostrado históricamente una enorme capacidad de adaptación tecnológica, internacionalización y mejora continua. La IA puede convertirse en una nueva palanca de competitividad.
Pero para que esta oportunidad sea sostenible, debe ir acompañada de control, trazabilidad y responsabilidad. La pregunta clave ya no es si las empresas cerámicas utilizarán IA, sino si lo harán con una gobernanza suficiente para aprovechar sus ventajas sin asumir riesgos innecesarios.
El RIA no debe verse únicamente como una carga regulatoria. Bien gestionado, puede ser una oportunidad para ordenar procesos, mejorar la confianza de clientes y proveedores, reforzar la seguridad jurídica y diferenciarse en un mercado cada vez más tecnológico.
La gobernanza de la IA es clave ante riesgos crecientes: la brecha entre capacidad y control redefine la competitividad empresarial.
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