-
Normas internacionales de información financiera
Nuestros asesores en materia de NIIF le pueden ayudar a gestionar la complejidad de las normas.
-
Seguimiento de calidad en auditoría
Un componente fundamental de nuestra estrategia global consiste en promover la prestación de un servicio al cliente coherente y de alta calidad en todo el mundo.
-
Tecnología de auditoría global
Aplicamos nuestra metodología de auditoría global a través de un conjunto integrado de herramientas de software.
-
Asesoramiento en transacciones
Le ayudamos a completar con éxito sus operaciones corporativas en todas las fases del ciclo de su negocio. Las operaciones corporativas se dan en el ciclo de vida de todo negocio dinámico, por lo que hay mucho en juego tanto para los compradores como para los vendedores.
-
Forensic: investigación de fraude e irregularidades, informes periciales
El panorama comercial cambia a gran velocidad. El entorno actual, cada vez más regulado, implica que las organizaciones deban adoptar unos procesos de cumplimiento y de buen gobierno más exigentes.
-
Fusiones y adquisiciones - M&A
Asesoramos a corporaciones, empresas o inversores privados durante procesos de inversión, fusión o desinversión (M&A), diferenciándonos a través de un proceso proactivo, proponiendo soluciones innovadoras y mitigando riesgos
-
Impulso I+D
La inversión en Investigación, Desarrollo e Innovación son fundamentales para enfrentarse a los grandes retos que presenta nuestra economía, tanto para las empresas como para la sociedad en general. En España, existen determinados incentivos fiscales a la inversión en I+D+i, así como instrumentos de financiación que permiten impulsar esta tipología de proyectos desde el punto de vista de la financiación privada.
-
Mediación en conflictos de naturaleza económico-financiera
Prestamos el servicio de mediación civil y mercantil en conflictos relativos a operaciones corporativas, en procesos de reestructuración, valoraciones, disputas entre accionistas y cualquier otra materia en la que nuestro conocimiento técnico pueda ayudar a las partes a llegar a un acuerdo.
-
Valoraciones
Prestamos un asesoramiento sólido en el ámbito de las valoraciones a organizaciones que se encuentran inmersas en una operación corporativa, en una disputa o en un proceso de reestructuración, en los que el valor del negocio o de sus activos es un aspecto clave de la transacción.
-
Fiscal
Con independencia de si se trata de una empresa dinámica de tamaño mediano o una gran multinacional, le ofrecemos acceso de manera personal a cada uno de nuestros profesionales tributarios más experimentados en todo el mundo.
-
Laboral
Ofrecemos un asesoramiento laboral y una gestión de RRHH adaptada a cada organización. Gracias a nuestra dilatada experiencia contribuimos a incrementar la eficacia y rentabilidad de su capital humano.
-
Legal
Nuestros abogados, expertos en las áreas del derecho mercantil, administrativo, procesal, civil y laboral, trabajan en estrecha colaboración con el resto de profesionales de Grant Thornton para prestarle un asesoramiento que va más allá de la mera práctica jurídica, ofreciéndole nuestros conocimientos, experiencia y visión integral del negocio a nivel local y global, todo ello para ayudarle a hacer frente con seguridad a los desafíos y retos de su negocio.
-
Consultoría de negocio
La globalización y los cambios tecnológicos están generando efectos verdaderamente disruptivos en los modelos de negocio tradicionales.
-
Tecnología e Innovación
La explosión de datos generada por las tecnologías digitales junto con el nuevo grado de interconexión entre las organizaciones, significa que existe un alto margen de oportunidad de ataque a los sistemas informáticos de cualquier compañía.
-
Risk Advisory Services
Ayudamos a las empresas a reforzar la gestión de sus riesgos con un enfoque innovador que impulsa su crecimiento
-
Web 3 y Activos Digitales
Tras el auge de los últimos años, el ecosistema de los activos digitales ha conseguido situarse como uno de los sectores con mayor crecimiento.
-
Ciberseguridad
Tres de cada diez empresas españolas han sufrido ciberataques en el último año. A medida que las organizaciones incrementan su dependencia de las tecnologías digitales, aumentan también las oportunidades para los ciberdelincuentes.
-
Control de gestión
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
-
Gestión contable
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
-
Gestión de nóminas
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
-
Gestión fiscal
Las obligaciones tributarias afectan a la mayor parte de las decisiones que se toman en su empresa. Sean cuales sean las necesidades específicas de su sector, le daremos una respuesta ágil y plantearemos soluciones específicas para su compañía.
-
Estado de Información No Financiera y Diversidad
Con fecha 29 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, con entrada en vigor al día siguiente de dicha publicación.
-
Fondos europeos de recuperación
Para hacer frente a la actual crisis económica provocada por la pandemia de la COVID-19, la Comisión Europea diseñó en el verano de 2020 un nuevo fondo de recuperación denominado Next Generation EU. El principal objetivo de este fondo es financiar programas de reformas e inversiones en los países más afectados.
-
Oportunidades de crecimiento entre China y Europa
La salida de Reino Unido de la Unión Europea (BREXIT) es sin duda uno de los puntos clave de la actualidad política y económica. Durante los últimos meses se han planteado diversos escenarios de actuación, posicionando a las empresas, sus clientes y sus profesionales ante un marco disruptivo de cambio que afectará a la operativa de los mercados.
-
Novedades PERTE VEC Implicaciones fiscales para empresas en el PERTE VECDescubre las implicaciones fiscales para el PERTE VEC, incluyendo tributación, deducción de gastos, atribución de rentas y obligaciones fiscales.
-
Informe V Observatorio de la Movilidad SostenibleDesafíos de la movilidad intermodal: sostenible, conectada, eficiente y segura
-
Automoción y Movilidad Soluciones y retos del vehículo conectado y autónomoDescubre avances y retos de los vehículos conectados y autónomos, su impacto en la movilidad y la importancia de la ciberseguridad
-
Nuevo Master Impulsamos el Máster en Innovación y Estrategia global de MovilidadEl primer Máster de Formación Permanente en Innovación y Estrategia global de Movilidad, en el que Grant Thornton asesora como consejero
-
Entidades financieras
El equipo global de banca de Grant Thornton está compuesto por responsables de las distintas líneas de servicio, así como de las distintas regiones y países, que cuentan con la experiencia necesaria para dar apoyo a los clientes en más de 80 países.
-
Gestión de activos financieros
El aumento de la regulación y las exigencias de los inversores en materia de rentabilidad y transparencia llevan aparejados nuevos desafíos para el sector de la gestión de activos.
-
Gestión de activos de energías renovables
Nuestro equipo de Energía está especializado en la Gestión 360º de Activos de Energías Renovables.
-
BIM
BIM consiste en el proceso de generación y gestión de información de un edificio o infraestructura durante su ciclo de vida, utilizando un modelo virtual del proyecto en el que poder interactuar entre todas las partes y plasmar cambios con rapidez y transparencia, ahorrando tiempo y optimizando costes.
-
Medios
El sector de los medios se encuentra dominado por la revolución tecnológica y está afectando a todos los ámbitos del negocio.
-
Tecnología
La capacidad para anticiparse y adaptarse es más importante que nunca en el sector de la tecnología.
-
Telecomunicaciones
A pesar de la importante reducción de los márgenes que ha afectado a los balances de estas empresas en todo el mundo, las compañías de telecomunicaciones están llevando a cabo el despliegue de nuevas tecnologías de redes para satisfacer la insaciable demanda de ancho de banda existente.
-
Nuestros valores
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
-
Cultura Global
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
-
Formación y desarrollo
En Grant Thornton creemos que la formación te permitirá alcanzar tu máximo potencial día a día. Y cuando damos lo mejor de nosotros mismos, somos capaces de ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.
-
Movilidad global de nuestro talento
Uno de los principales atractivos de desarrollar tu carrera profesional en Grant Thornton es la posibilidad de trabajar en proyectos internacionales por todo el mundo.
-
Diversidad
La diversidad nos ayuda a responder a las demandas de un mundo cambiante. En Grant Thornton valoramos que nuestros profesionales procedan de un amplio espectro de ámbitos y que esta diversidad de experiencias y perspectivas haga nuestra organización más firme y sólida.
-
In the community
En Grant Thornton reconocemos las actividades de responsabilidad social corporativa desarrolladas por nuestros profesionales, ya sea trabajando con ONGs, respaldando la educación, la sanidad o el medio ambiente.
Acaba de entrar en vigor (desde el pasado 13 de marzo) la Ley 1/2019 de 20 de febrero, de Secretos Empresariales.
Introduce algunos elementos que pueden ser útiles para proteger los secretos empresariales.
El secreto empresarial, finalmente, goza de una regulación adecuada en nuestro país. Acaba de entrar en vigor (desde el pasado 13 de marzo) la Ley 1/2019 de 20 de febrero, de Secretos Empresariales (en adelante referida como la “Ley”), que traspone, con un ligero retraso respecto al plazo previsto, la directiva europea sobre la materia que dejaba cierto margen de regulación a los Estados miembros. Y ciertamente, la nueva Ley introduce algunos elementos que, al menos a primera vista y a la espera de ver su aplicación en el tráfico jurídico habitual, pueden ser útiles para proteger los secretos empresariales.
La cuestión regulada no es menor. En un contexto social como el actual, muy globalizado, con cadenas de suministro mucho más largas y niveles de utilización de tecnología avanzados, se requiere una legislación que dé respuesta a las empresas protegiendo su know-how. Es fundamental dotarnos de los instrumentos jurídicos adecuados para la protección de este tipo de elementos innovativos de las empresas. Dicho de otra manera, sin la protección adecuada, las empresas pueden perder incentivos para la innovación y esto, lógicamente, repercute en perjuicio de la sociedad moderna que se pretende.
En primer lugar, la Ley fija el marco de su regulación delimitando el concepto de “secreto empresarial”, entendiéndose como tal a cualquier información o conocimiento de cualquier tipo que (i) no sea generalmente conocido, (ii) tenga un valor empresarial real o potencial y (iii) haya sido objeto de medidas razonables para mantenerlo en secreto por parte del titular. Como se aprecia, dicho concepto es suficientemente amplio y puede abarcar numerosos aspectos.
Seguidamente se regula la obtención, utilización y revelación de los secretos empresariales. En este ámbito, se prevén una serie de circunstancias en las que se considera lícita la obtención de cierta información empresarial y otras en las que, por el contrario, se considerarán una violación de secretos empresariales. En este segundo caso, se introduce como novedad el concepto de “mercancías infractoras” cuya producción, oferta o comercialización será ilícita siempre que quien las realice sepa o debiera haber sabido que el secreto empresarial que incorporan se había utilizado de forma ilícita.
Con el objetivo de dar mayor entidad al concepto de “secreto empresarial”, la Ley lo reconoce explícitamente como objeto de derecho de propiedad y, en consecuencia, susceptible de ser transmitido o licenciado entre las partes. En dicho ámbito rige la autonomía de la voluntad de las partes en el correspondiente contrato que libremente se pacte. Sin embargo, la Ley prevé un régimen supletorio para el caso de que no se regule en el contrato, principalmente por lo que hace referencia al funcionamiento del régimen de cotitularidad de dichos secretos y de las licencias. Dicha previsión introduce mayor seguridad jurídica por las partes para el caso de que no tengan un acuerdo escrito sobre la materia, sin embargo, sigue siendo recomendable dotarse de un pacto escrito y expreso que regule los términos específicos y adecuados a la voluntad de las partes.
En los dos últimos Capítulos de la Ley se prevén las herramientas jurídicas novedosas para defender y proteger cualquier violación de los secretos empresariales, es decir, las acciones de defensa y la correspondiente jurisdicción competente. En este sentido, se estipulan un elenco de acciones civiles contra los actos ilícitos, que se deberán interponer ante los Juzgados de lo Mercantil de la provincia donde se hubiera realizado la infracción o se hubieran producido sus efectos, así como -y muy relevante- el método de cálculo de los daños y perjuicios de dicha violación que incluirán el lucro cesante, el enriquecimiento injusto del infractor e incluso otros conceptos como el perjuicio moral. Asimismo, de forma alternativa, se podrá establecer una cantidad a tanto alzado correspondiente al precio de la licencia.
Es importante resaltar que el periodo de prescripción de estas acciones civiles es de tres años desde que el legitimado “tuvo conocimiento de la persona que realizó la violación del secreto empresarial.”. En este punto podemos aventurar interpretaciones divergentes de dicho momento, dependiendo de si nos acogemos a la interpretación literal o bien teleológica del precepto. Ciertamente, tal y como está regulado el cómputo de la prescripción, dará pie a una clara confusión.
Como no podría ser de otra manera, tratándose de una materia cuya confidencialidad es de alta susceptibilidad, la Ley prevé una serie de cautelas y medidas a adoptar con el fin de proteger dicha información también entre los agentes y actores judiciales que intervengan en el procedimiento judicial.
Un elemento novedoso del procedimiento judicial para estos casos es la posibilidad de que la parte actora solicite al Juzgado diligencias de comprobación de los hechos, así como medidas cautelares. Respecto a las medidas cautelares, el demandado puede solicitar la sustitución de la efectividad de las medidas cautelares acordadas por una caución salvo que las medidas cautelares estén dirigidas a evitar la revelación de secretos empresariales. Lo que sí se exige es una caución que deberá otorgar el solicitante de la medida cautelar.
Finalmente señalar que se incluye la violación de los secretos empresariales dentro del ámbito la Ley de Competencia Desleal, aunque, aplicando el principio de que la ley especial prevalece frente la ley general, dicho concepto se regirá por lo previsto en la nueva Ley y, supletoriamente, por la Ley de Competencia Desleal.
En definitiva, la nueva Ley de Secretos Empresariales dotará a nuestro ordenamiento jurídico de una serie de herramientas con el fin de proteger y salvaguardar uno de los activos más relevantes para el desarrollo y evolución de las empresas como es su innovación. Será, por tanto, un buen momento para que, de forma preventiva, las empresas protejan adecuadamente su know-how empresarial que normalmente conforma su core business y acreditando, en su caso, de forma indudable su titularidad ante terceros. Éste es un elemento esencial en el tráfico mercantil, basado en la libre competencia y en el comportamiento leal de sus operadores dotándoles, asimismo, de una mayor seguridad y recursos jurídicos para minimizar los riesgos y proteger sus activos. Habrá que seguir la jurisprudencia que resulte de la aplicación de esta novedad legislativa, que irá resolviendo y esclareciendo la efectividad de la misma.