article banner
Tax alert

Suministro inmediato de información para los libros de IVA

Los sujetos pasivos que presentan declaraciones mensuales de IVA estarán obligados a remitir electrónicamente información sobre las facturas emitidas y recibidas a la Agencia Tributaria a través de la web en el plazo de 4 días.

Sujetos pasivos que deben cumplir con la nueva obligación

-       Inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA.

-       Grandes Empresas (volumen de operaciones superior a € 6,010,121.04 en el año natural anterior).

-       Grupos de IVA.

La obligación

Actualmente, todos los sujetos pasivos están obligados a preparar los Libros del IVA de acuerdo con las normas del IVA. Además, los sujetos pasivos inscritos en el Registro de Devolución Mensual tienen que presentar la declaración informativa de operaciones incluidas en los Libros Registro (modelo 340) con periodicidad mensual.

A partir del 1 de julio de 2017, los sujetos pasivos que presentan declaraciones de IVA mensuales estarán obligados a llevar los Libros de IVA a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. A estos efectos, los sujetos pasivos suministrarán la información sobre facturas emitidas en el plazo de 4 días desde su emisión.

En relación a las facturas recibidas, el plazo es de 4 días desde el registro contable.

Hay un periodo de transición (de julio a diciembre de 2017) durante el cual el plazo para suministrar la información será de 8 días en lugar de 4.

La información correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2017 tendrá que proporcionarse entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2017.