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La responsabilidad penal de las personas jurídicas

En esta Newsletter destacamos la Sentencia del Tribunal Supremo de la Sala de lo Penal de 29 de febrero de 2016 en la cual se condena a la empresas a su disolución y al pago de la multa económica, además de condenar al administrador de hecho y de derecho penal y civilmente con responsabilidad personal en cuantía de 755.633.440.-€ todo ello atendiendo al artículo 31 bis del Código Penal.

En el supuesto de hecho de la sentencia los procesados habían sido objeto de diversas investigaciones judiciales relativas a la comisión de un delito contra la salud pública por tráfico de estupefacientes de sustancias que causaba grave perjuicio para la salud (cocaína), para finalmente ser condenados.

Aunque ciertamente es un supuesto extremo, en la sentencia podemos apreciar el alcance práctico del artículo del Código Penal anteriormente citado.